jueves. 28.03.2024

La España de las 17 Comunidades Autónomas (II)

El título conlleva una reflexión conceptual, me permito recordar uno de los párrafos iniciales y el tema del artículo publicado en este digital (7/11/2016) “La España de las 17 comunidades autónomas”: El sistema constitucional español establece un modelo de reconocimiento de la autonomía territorial que jurídica y administrativamente se materializa en una profunda descentralización hasta el punto de que el funcionamiento efectivo del Estado se asemeja en muchos aspectos al propio de los estados federales.

El líder de “Ciudadanos” considera que el sistema autonómico español responde a un modelo federal, mencionando un informe de 2005 redactado por el Consejo de estado que explicaba como debía realizarse la reforma, que serviría  para cerrar el modelo autonómico y definir cuales son las autonomías.

Al respecto, es preciso recordar que la reforma de la Constitución lleva consigo un procedimiento especial distinto a los previstos en la acción legislativa del Estado. La Constitución española, prevé en sus artículos 166/169 del Título X, los procedimientos para el cambio constitucional (*).

(*) Artículo 166.La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 87(1.Iniciativa legislativa del Gobierno, Congreso y Senado; 2.  Iniciativa de las Comunidades Autónomas).

      Artículo 167: 1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.

2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la propuesta.

3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

Artículo 168: 1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Titulo preliminar, al Capítulo II, Sección 1ª, del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.

2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de las ambas Cámaras.

3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.

Artículo 169. No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el artículo 116 (Estados de alarma, de excepción y de sitio).

El pasado día 12, el Presidente del Gobierno manifestó que tanto él como la Vicepresidenta del Gobierno y algún Ministro habían mantenido contactos con portavoces de las fuerzas políticas sobre posibles acuerdos con respecto a los Presupuestos del Estado para 2017, previstos en el artículo 134 del Título VII de nuestra Constitución (**).

El 29 de Agosto, en sus 150 propuestas para la reforma Ciudadanos indicaba en su primer bloque, “Crecimiento económico, competitividad y empleo” 42 medidas, una de ellas dice: El Gobierno enviará a las Cortes los presupuestos de 2017, antes de que termine el próximo mes de Septiembre.

La Vicepresidenta invitó, recientemente, a los Presidentes autonómicos a un “diálogo sincero sobre los grandes temas”; uno de ellos sujeto a plazo por su presentación a la UE,  los presupuestos generales para 2017 y otro el techo de gasto, que como sabemos viene definido en la Ley Orgánica 2/2012, de “Estabilidad presupuestaria y Sostenibilidad financiera” como el limite máximo de gasto no financiero que puede asumir la Administración Pública, quedando sujetos al mismo , el Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales.

 El 15 de este mes ha sido noticia que “Bruselas no congelará fondos estructurales a España por haber incumplido el déficit en 2015”

En esa misma fecha, el Gobierno manifestaba que el Presupuesto iría al Congreso, solo si tiene el apoyo pactado; reflexionemos sobre la dificultad que supone formar mayorías considerando a cuatro fuerzas en el parlamento, aún en momentos en que España es la economía que más crece, tras Irlanda, en la OCDE (las previsiones nacionales e internacionales sitúan el crecimiento en el 3,2% en 2016 y en torno al 2,4% en 2017).

Las citadas previsiones para EUROPA son del 1,7% en 2016 y del 1,5% en 2017. La evolución de la EUROZONA está condicionada por la debilidad del crecimiento de la Unión Europea y del comercio mundial, junto al “incremento de la incertidumbre política”.

El día 19 el líder de Ciudadanos afirmó: “queremos que los presupuestos sean más sociales y sin impuestos a la clase media”, solicitando al Gobierno que no suba ni el IRPF ni el IVA y formulando una queja ante la Vicepresidenta del Gobierno por la poca coordinación de lo ministerios de Economía y de Hacienda.

 (**) Artículo 134.

1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado, y a las Cortes Generales su examen, enmienda y aprobación.

2. Los presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los Gastos e Ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.

3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior.

4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar `proyectos de Ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.

6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.

7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una Ley tributaria sustantiva así lo prevea.

Y ¿que ocurre con los presupuestos de las Comunidades Autónomas? veamos el caso de la Comunidad Autónoma aragonesa que  esta debatiendo sobre sus presupuestos para 2017; ya días pasados la portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Popular ha instado al Presidente a que si no saca adelante los presupuestos y tienen que prorrogarse los del ejercicio actual debería plantearse una profunda reflexión revisando su gestión, su trato con los diferentes grupos,  su manera de entender el Parlamento e incluso su manera de entender la política.

El Consejero de Hacienda ha pedido a los partidos presentes en las Cortes que apoyen un “presupuesto progresista” manifestando que está dispuesto a adaptarse a casi todo en defensa de un presupuesto positivo para los aragoneses, añadiendo que igualmente apoyen la propuesta que defienden las CC.AA. para elevar el déficit de 2017, al 0,7%, en el Consejo Fiscal y Financiero que se prevé para la próxima semana, todo ello en momentos de gran oportunidad para consolidar los servicios públicos, confeccionando un presupuesto más social.

El pasado día 19, la Presidenta del P.P. en Aragón ha citado, con sentido crítico, la falta de acuerdo del Gobierno de Aragón con sus socios para la elaboración y aprobación de los Presupuestos autonómicos de 2017. El día anterior, 18, el Consejo de Ministros nombró Secretario de Estado para las Administraciones Territoriales al antes portavoz del Grupo Popular en las Cortes de Aragón, Bermúdez de Castro; será responsable de las relaciones con las CC.AA. en el ámbito de competencias de la Vicepresidencia.

No cabe duda que se impone el dialogo, el dialogo integrador que permita acercar posiciones con el objetivo común de conseguir los presupuestos del Estado, al igual que los de las Comunidades Autónomas, en forma y plazo que evite sanciones o penalizaciones negativas para la continuidad de la recuperación económica  y consecuentemente, suavice la incertidumbre en el país.

Ayer, día 20, el Presidente de los EE.UU  ha advertido, al Presidente Electo, de los peligros de no ratificar el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (APEC). En el mismo día y lugar, la Directora Gerente del FMI ha advertido a los líderes del APEC  que el crecimiento económico seguirá frenado, señalando que la principal culpable es la “incertidumbre ante la situación política y económica de los países avanzados” así como la “desaceleración en EE.UU y en la UE (a causa del Brexit). Añadió que será importante fortalecer la promoción de las inversiones y del libre comercio con las economías influyentes, especialmente las emergentes de América Latina, sobre la que proyecta una reactivación económica para el próximo año.  

Los datos del indicador de confianza empresarial, ICE, sobre el tercer trimestre de este año fueron valorados positivamente por los empresarios aragoneses,  no así las perspectivas para el cuarto trimestre, valoradas “con cautela”.

Concluyo; el Ministro de Economía, tras manifestaciones del Presidente del Gobierno  sobre el objetivo, para esta legislatura, de alcanzar un importante número de empleos (lo que permitirá aumentar la recaudación sin tener que subir los impuestos más importantes) señalo que eso significaba excluir incrementos en el IRPF y en el IVA, pero no en el resto; está en estudio algún apartado de lo dispuesto para el Impuesto sobre la Renta de Sociedades y revisar los tipos de los Impuestos Especiales. Todo lo anterior, a su vez permitirá cumplir el déficit, incumplido en 2015.

La España de las 17 Comunidades Autónomas (II)